Inexistencia de derechos adquiridos: títulos mineros vigentes en áreas posteriormente declaradas excluibles de minería |
Sumario
Introducción – I. ÁREAS DE ESPECIAL IMPORTANCIA ECOLÓGICA Y ZONAS EXCLUIBLES DE MINERÍA – II. EL TÍTULO MINERO O EL CONTRATO DE CONCESIÓN MINERA – III. EL ALCANCE DE LOS BENEFICIOS QUE EL CÓDIGO DE MINAS CONCEDE AL PRIMER SOLICITANTE Y AL TITULAR MINERO – A. El Código de Minas consagra la aplicación preferente de sus disposiciones normativas – B. El Código de Minas impone un límite a las autoridades públicas para establecer y exigir permisos, licencias o requisitos adicionales para el desarrollo de la actividad minera – C. El Código de Minas crea para el futuro titular un derecho de prelación de la primera solicitud de propuesta – D. El Código de Minas inaplica el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública en los temas mineros – E. Según el Código de Minas, la minería es una actividad de utilidad pública – F. Del título minero nace un derecho personal – IV. LA DISCUSIÓN SOBRE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS DEL CONCESIONARIO MINERO – A. El contrato de concesión minera consolida derechos adquiridos – B. El contrato de concesión minera no crea derechos adquiridos – 1. El poder dispositivo de la Administración – 2. El poder policivo de la Administración – 3. Los principios de concurrencia y la participación ciudadana – V. LA DILUCIÓN DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS DEL CONCESIONARIO MINERO EN LAS DIFERENTES ETAPAS DE LA ACTIVIDAD MINERA – A. La propuesta – B. La exploración – C. Etapa de construcción, montaje y explotación – 1. Título minero vigente en etapa de explotación, pero sin el respectivo permiso ambiental – 2. Título minero vigente en etapa de explotación y con el respectivo permiso ambiental – 3. Cambio normativo en etapa de construcción y montaje o de explotación con el pto aprobado y con el respectivo permiso ambiental – 4. Los derechos adquiridos y la posterior declaratoria de reserva forestal protectora – 5. El incumplimiento de los requisitos exigidos para desarrollar la actividad minera – VI. CONCLUSIONES – Referencias. |