Derecho de superficie ¿Ius in re aliena? negocio superficiario público-negocio superficiario privado en el derecho romano clásico

26

Resumen

Es posible que superficies signifique el edificio que pertenece al propietario del suelo, pero sobre el que otra persona, llamada superficiario, tiene un derecho personal –negocio superficiario–, y medios “in rem et in personam” destinados a la protección del derecho, siempre que el superficiario pague una cierta suma de dinero, como renta, al propietario.

Categorias:

Junio de 2011