El restablecimiento de la iniciativa congresional sobre el gasto público

3

Resumen

Tras la reforma constitucional de 1968 los congresistas fueron privados de la iniciativa sobre proyectos de ley que involucraran gastos públicos. Sólo a partir de 1991 por medio del artículo 154 de la nueva Constitución Política se les devolvió a los congresistas la capacidad de presentar proyectos de ley que decreten inversiones públicas o privadas. El presente artículo realiza una aproximación crítica al restablecimiento de la capacidad congresional en materia de gastos públicos. Con ayuda de las ponencias de los constituyentes Hernando Yepes Arcila y Alfonso Palacio Rudas se ahonda en el estudio de la posición Constitucional frente al gasto público, siempre haciendo énfasis en la necesidad de distinguir entre leyes que establecen gastos públicos y el plan nacional de desarrollo. En una segunda parte se argumenta en contra de del restablecimiento de la iniciativa, haciendo énfasis en la falta de control sobre las posibles leyes que impliquen gasto público.



Autorización PDF en trámite

Artículo no autorizado para publicación en línea.

Mayo de 1993